Socorristas


Es obligatoria la presencia de socorrista en piscinas de Comunidad de Vecinos que tengan más de 30 viviendas durante el horario de funcionamiento de la misma.
Su función principal será la vigilancia de la piscina durante el horario de apertura al público y será un Socorrista debidamente homologado, nosotros aconsejamos los Socorristas formados en AESNAS que estan homologados por la Consejería de Sanidad.
Asimismo, se le entregará un teléfono móvil en caso de que las instalaciones carezcan de tal medio de contacto en situaciones de urgencia.
El socorrista será el encargado de limpiar el vaso, el andén, así como la zona de playa y los pediluvios de la piscina periódicamente.

El número de socorristas será de un mínimo de (según el decreto por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo de la Comunidad de Madrid, B.O.C.M., núm.124, miércoles, 27/5/1998.):

La selección, contratación y demás aspectos relativos al personal de socorrismo requeridos por el cliente son responsabilidad exclusiva de MAN·POOL, el cliente queda eximido de cualquier responsabilidad al respecto.

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